Los contratistas que no elaboren correctamente su Plan de Seguridad y Salud, pueden ser sancionados como infracció grave.
La LISOS (Ley de Infrancciones y Sanciones en el Orden Social) en su artículo 12, punto 23 a considera como Infracción Grave:
Incumplir la obligación de elaborar el plan de seguridad y salud en el trabajo con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, en particular por carecer de un contenido real y adecuado a los riesgos específicos para la seguridad y la salud de los trabajadores de la obra o por no adaptarse a las características particulares de las actividades o los procedimientos desarrolladoso del entorno de los puestos de trabajo
Estas infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se sancionarán:
Las graves con multa, en su grado mínimo, de 2.046 a 8.195 euros; en su grado medio, de 8.196 a 20.490 euros; y en su grado máximo, de 20.491 a 40.985 euros.
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